ESPAÑA: UN ESTADO ACONFESIONAL CATÓLICO.

El calendario de festivos en España sigue sujeto al Vaticano. Ante una pregunta en el Senado, el Gobierno explica que no puede conceder el 31 de octubre como festivo en...
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21032661_1730135530623755_5926345370197238445_nEl calendario de festivos en España sigue sujeto al Vaticano. Ante una pregunta en el Senado, el Gobierno explica que no puede conceder el 31 de octubre como festivo en conmemoración de la Reforma porque éstos dependen de los acuerdos con la Santa Sede.

    El Gobierno ha rechazado declarar festivo el 31 de octubre en conmemoración de la Reforma Protestante, según ha explicado en una respuesta escrita a la pregunta del senador por Compromís Carles Mulet. Mulet había recogido la petición de Ferede de declarar festivo el 31 de octubre, en el marco de la celebración del 500º Aniversario de la Reforma en 2017. Según el senador, “a pesar de ser España un estado aconfesional, los días festivos por motivos religiosos los marca únicamente una religión, la católica. Por ello se pregunta al Gobierno. ¿Va a responder positivamente el Gobierno a esta petición a partir de 2019? ¿Qué medidas va a adoptar el Gobierno para respetar a todas la religiones presentes en España por igual, en especial en lo que a días festivos se refiere?”. En su respuesta el Gobierno se remite a los Acuerdos firmados con El Vaticano, el famoso “Concordato” que está a punto de cumplir 40 años. En este, se determina que el Estado “reconoce como días festivos todos los domingos. De común acuerdo se determinará qué otras festividades religiosas son reconocidas como días festivos”, expone el acuerdo. En España, de esta forma, están establecidas hasta siete fiestas religiosas católicas, además de la Navidad, tres de las cuales (Jueves Santo, 6 de enero y 19 de marzo) pueden ser sustituidas por las Comunidades Autónomas por fiestas propias. El resto (15 de agosto, 1 de noviembre, 8 de diciembre y Viernes Santo) pueden ser modificadas y sustituidas por otras, sean o no religiosas, “para lo que habría que dar cuenta a la Santa Sede”, explica el Gobierno en su respuesta. El Gobierno dice que sería necesario “contar con el consenso social necesario en la medida que algunas de estas fiestas están vinculadas a celebraciones tradicionales en las que se añaden otros elementos no estrictamente religiosos sino económicos o sociales que deben ponderarse a la hora de tomar decisiones de este calado”, advierte. Además el Gobierno considera que las festividades religiosas de otras confesiones no cuentan con un arraigo social mínimo que “justifique sustituir las ya existentes, siendo el ámbito autonómico o local el más indicado para hacer esta valoración en función de la realidad de cada Comunidad Autónoma”. En su respuesta, el Ejecutivo hace mención al caso de Ceuta y Melilla, donde desde 2010 incluyen en su calendario las festividades de la celebración de la Fiesta del Sacrificio, la más importante para la confesión musulmana. El Gobierno menciona que en los Acuerdos de cooperación con las confesiones minoritarias (firmados en 1992) como muestra del desarrollo de la libertad religiosa en nuestro país, explicando que en ellos se detallan los días concretos de celebraciones de cada comunidad religiosa que pueden ser sustituidos por los previstos tras un acuerdo con el empleador.  

EL CONCORDATO ESPAÑA-VATICANO CUMPLE 40 AÑOS

El régimen concordatario en España está compuesto por un Acuerdo entre el Estado y la Santa Sede de 1976 y por cuatro acuerdos, que conforman los Acuerdos entre el Estado y la Santa Sede de 1979. Este acuerdo regula las relaciones entre el Estado y el Vaticano, en materias de mutuo interés. Posee la categoría jurídica de Tratado Internacional. Con posterioridad, el Estado también ha firmado Acuerdos de Cooperación con otras tres confesiones religiosas de notorio arraigo: evangélicos, musulmanes y judíos, en el año 1992.   
 

FUENTES EFE, La Vanguardia AUTOR Redacción P+D MADRID 09 DE ENERO DE 2019

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