Cómo cobrar la prestación por desempleo

Dentro del concepto de derecho al empleo de cualquier trabajador español o con residencia en España, encontramos también el derecho a cobrar la prestación por desempleo. Sin embargo, la...
blogging-336376_640

Dentro del concepto de derecho al empleo de cualquier trabajador español o con residencia en España, encontramos también el derecho a cobrar la prestación por desempleo. Sin embargo, la burocracia suele ser compleja y muchas personas no terminan de entender del todo cómo se cobra este subsidio o, al menos, cuáles son sus condiciones principales. Es importante tener en cuenta estos pros y contras para no dejar pasar una ayuda económica necesaria y fundamental, sobre todo en situaciones de pago de hipotecas, facturas de la luz o del agua, pago de intereses de créditos con ASNEF o familias a las que mantener.

Como decíamos, existen una serie de requisitos, que son los que deberíamos memorizar o apuntar en un lugar que siempre tengamos a mano, como un archivo de Microsoft Word o una libreta cualquiera. Para empezar, es muy importante estar dado o dada de alta en la Seguridad Social y haber cotizado durante el desarrollo del empleo en cuestión, sea cual sea. También es fundamental estar apuntado como demandante de empleo en el SEPE, y por lo tanto tener cuidado con los despistes a la hora de renovar la cartilla de desempleado o darde cada tres meses.

Además de eso, las instituciones de empleo público requieren un compromiso por parte de la persona en situación de desempleo, pues ha de firmar lo que se denomina compromiso de actividad; es decir, tiene que aseverar que está dispuesto o dispuesta a buscar empleo de manera activa, y no simplemente a vivir de las prestaciones del estado. Por último, pero igualmente importante, es obligatorio que la persona demandante no haya cumplido la edad mínima de jubilación, y que además no disponga de rentas extraordinarias que le proporcionan más del 75% del SMI.

Estos son los requisitos mínimos legales, pero existe un requisito que está ligado a la cuestión de la temporalidad. En pocas palabras, ningún extrabajador que haya ejercido como empleado durante menos de un año tiene derecho a solicitar la prestación por desempleo, con excepciones en cuanto a cargas familiares y otras situaciones específicas. Es muy importante consultar cada caso individual.

 

Secciones
EspañaOtros

Otros: